PhaRegistrum · Publicación original del 18/02/2026
📌 Recordatorio regulatorio | Productos de uso veterinario (PUV)
La autorización de venta de un PUV no termina con su aprobación por la DGAV.
Existen obligaciones continuas de información que no pueden olvidarse.
📋 Según el Decreto-Ley n.º 237/2009, después de renovar la autorización de venta (obligatoria 5 años tras la autorización inicial), debe presentarse a la DGAV un Informe Periódico de Seguridad (RPS) cada 3 años.
🔎 Ejemplo práctico:
Si la renovación tuvo lugar en 2023, el RPS deberá presentarse en 2026.
⚠️ El cumplimiento puntual de estas obligaciones es esencial para garantizar:
✔️ conformidad regulatoria;
✔️ continuidad en el mercado;
✔️ seguridad de los productos.
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