PhaRegistrum · Publicación original del 18/02/2026
Tras la aprobación de la autorización de venta de un producto de uso veterinario por la DGAV, existen obligaciones continuas de información.
Según el Decreto-Ley portugués n.º 237/2009, después de renovar la autorización, obligatorio cinco años tras la autorización inicial, debe presentarse un informe periódico de seguridad a la DGAV cada tres años. Si la renovación tuvo lugar en 2023, el informe corresponde a 2026.
El cumplimiento puntual es esencial para la conformidad regulatoria, la continuidad en el mercado y la seguridad del producto.
PhaRegistrum apoya todo el proceso de farmacovigilancia veterinaria.
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